Empiezan las primeras sanciones a Inmobiliarias por no mostrar la etiqueta energética. Esta medida también afectará a las empresas promotoras que deseen comercializar la venta de los inmuebles

808

Desde el pasado 1 de junio de 2013 los propietarios de viviendas en venta y alquiler están obligados a mostrar la calificación energética de sus inmuebles a los interesados compradores o inquilinos. Tanto si se publicitan en prensa escrita, portal en internet o en el escaparate de su agencia inmobiliaria la etiqueta energética debe constar de forma clara e inequívoca. La normativa obliga además a las comunidades autónomas a establecer sistemas de inspección y control para asegurar el correcto cumplimiento de la ley.

Esta medida también afectará a cualquier empresa promotora que quiera anunciar la venta o publicitación de un inmueble, ya que deberá disponer del correspondiente certificado energético registrado en el organismo oportuno.

El desconocimiento acerca de la normativa parece la principal causa. Muchos propietarios esperan al momento de la firma de la venta o el alquiler para contratar el Certificado Energético, cuando la normativa obliga a tenerlo desde el momento en que se anuncia o publicita el inmueble. Desde el IDAE informan de cómo y en qué casos debe mostrarse la calificación energética en las ofertas y promociones de los inmuebles en venta ya alquiler:

  • En los folletos, escaparates de agencias inmobiliarias y anuncios de portales inmobiliarios, debe constar la etiqueta, permitiéndose mostrar sólo las escalas y los valores obtenidos. 
  • En los anuncios por palabras bastará con mencionar la calificación, es decir las letras obtenidas. 
  • Quedan exentos de la obligación los carteles colocados en el exterior de los edificios y en los que sólo aparece un teléfono de contacto.

En el caso de otras comunidades como Madrid, el control se está aplicando sobre los certificados energéticos ya realizados. Sobre una muestra de los informes registrados, normalmente seleccionando las calificaciones energéticas más altas, los inspectores realizan visitas a los inmuebles. Durante la inspección verifican todos los datos que contiene el certificado energético. Si se encuentran irregularidades pueden abrirse expedientes sancionadores, con multas que pueden alcanzar los 6000 euros.

Por todo ello se aconseja que antes de anunciar la venta o alquiler de inmuebles a través de cualquier medio de comunicación es necesario disponer de la etiqueta del certificado energético de la vivienda 

Fuente de la noticia: certicalia